'¿CHAYANNE DEBE TRIBUTAR?': CURIOSA PREGUNTA AL DIRECTOR DE LA DIAN SOBRE IVA Y CORRIDAS DE TOROS, ESTO RESPONDIó

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'¿Chayanne debe tributar?': curiosa pregunta al director de la Dian sobre IVA y corridas de toros, esto respondió

El director Luis Carlos Reyes, apodado 'Mr. Taxes', aclaró la particular duda de una internauta.

Sebastián David García Castro

Luis Carlos Reyes, el director de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian), una vez más respondió las ocurrencias de algunos los internautas sobre tributación. El funcionario, a quien han apodado como 'Mr. Taxes', habló del IVA, las corridas de toros y hasta el cantente Chayanne.

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Lo hizo a través de un video de su popular cuenta de la red social TikTok, en la que está cerca de superar los 370 mil seguidores.

"Mr. Taxes, como la reforma tributaria le pone IVA a las corridas de toros, ¿Chayanne debe tributar en Colombia por la canción del torero?", le cuestionó una usuaria.

En primer lugar, el economista se refirió al intérprete de Torero: "No sé si las corridas de toros estén aprobadas por Chayanne".

Luego, le dejó claro a la internauta la tributación que rige para las corridas de toros y aprovechó para hablar del proyecto de prohibición que cursa en el Congreso de la República.

"Sí tienen IVA a partir de la reforma y, además, mañana (7 de mayo) en debate de Cámara se debate su prohibición total. Así que aquellos que estén interesados en esto, no permitan que los representantes por los que votaron les pongan cachos con este tema", afirmó.

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¿Desde cuándo hay IVA para las corridas de toros?

El Estatuto Tributario antes de 2022 excluía del impuesto sobre las ventas o IVA a las "boletas de entrada a cine, a los eventos deportivos, culturales, incluidos los musicales y de recreación familiar, y los espectáculos de toros, hípicos y caninos".

Sin embargo, con la reforma tributaria de aquel año se redujo la exención del impuesto y el nuevo texto retiró los espectáculos de toros para considerarlos de ahora en adelante como gravables, es decir, que las boletas para dichos actos tienen IVA del 19 %.

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La misma reforma de 2022 impuso IVA para la comercialización de animales domésticos de compañía (gatos, perros, hurones, conejos, chinchillas, hámster, cobayos, Jerbos y Mini-Pigs).

En la actualidad, el IVA no rige para las boletas de "entrada a cine, a los eventos deportivos, culturales, incluidos los musicales y de recreación familiar".

Vale decir que las corridas de toros no se han prohibido en Colombia, pese a varios intentos de congresistas. Por ejemplo, en abril de 2023 se cayó uno de los proyectos que impulsaba la senadora Andrea Padilla.

"Cuando dejemos de defender estas prácticas, entonces podremos ocuparnos de lo importante, que es atender la vida digna y las oportunidades de estos ciudadanos que, simplemente, decimos que viven en las regiones y en la Colombia profunda, como si tuvieran que conformarse con cualquier cosa", señaló en su momento.

Para la legislatura de 2024, la senadora Esmeralda Hernández ha promovido otro proyecto con el objetivo prohibirlas. El último debate que tendrá en el Congreso será este 7 de mayo, como lo mencionó el director de la Dian.

"Es hora de que los animales salgan vencedores y pongamos fin a tanta crueldad. ¡Lo vamos a lograr!", afirmó la senadora en un mensaje de redes sociales.

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